“Artículo 6.- Son días feriados los siguientes: - Año Nuevo (01 de enero) - Jueves Santo y Viernes Santo (movibles) - Día del Trabajo (01 de mayo) - San Pedro y San Pablo (29 de junio) - Fiestas Patrias (28 y 29 de julio) - Batalla de Junín (06 de agosto) - Santa Rosa de Lima (30 de agosto) - Combate de Angamos (08 de octubre) - Todos los Santos (01 de noviembre) - Concepción (08 de diciembre) - Batalla de Ayacucho (09 de diciembre) - Navidad del Señor (25 de diciembre)”. Artículo 3. Actividades conmemorativas Los ministerios de Educación, de Cultura y de Defensa programan las actividades oficiales conmemorativas de la Batalla de Junín y su significación histórica, a cumplirse en las instituciones educativas públicas y privadas, y en todas las entidades del sector público.
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