Modifican la Directiva N° 002-2023-PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano”RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DEINTEGRIDAD PÚBLICAN° 004-2024-PCM/SIPLima, 3 de julio de 2024
VISTOS: El Informe N° D000047-2024-PCM-SSGEIP, de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública, los Memorandos N° D000527-2024-PCM-SGTD y N° D000550-2024-PCM-SGTD, de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 005-2023- PCM-SIP se aprueba la Directiva N° 002-2023- PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano”; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final de la citada Directiva, regula la adecuación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, disponiendo que se realice por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital en coordinación con la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Memorando N° D000527-2024-PCM-SGTD, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital informa que el proceso de adecuación de la citada plataforma aún no culmina, encontrándose pendiente de implementar el cambio de lenguaje de programación, la creación de nuevos módulos, así como nuevos perfiles de usuario que no existen en su versión actual, aspecto que demanda cambios en la arquitectura de datos e infraestructura de la mencionada plataforma; a lo cual se suma la etapa de pruebas y marcha blanca con las entidades de la administración pública, dada la complejidad de la adecuación; Que, mediante el informe de Visto, la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública, entre otros aspectos, señala que corresponde a la Secretaría de Integridad Pública emitir el acto resolutivo que apruebe una modificación a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 002-2023-PCM-SIP, considerando la complejidad argumentada por la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital; estableciéndose que esta, a través de la Subsecretaría de Servicios e Innovación Digital, desarrolla y ejecuta el proceso de adecuación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, y que las acciones de seguimiento se encuentran a cargo de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública, a efectos de asegurar la implementación; Que, mediante Memorando N° D000550-2024-PCM-SGTD, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital expresa su conformidad con la citada modificación; Con la visación de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública, y; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del artículo 89 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificación Modificar la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Directiva N° 002-2023-PCM-SIP “Directiva para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción recibidas a través de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano” aprobada por Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 005-2023-PCM-SIP, quedando redactada conforme al siguiente texto: “Cuarta. Adecuación de la plataforma La Secretaría de Gobierno y Transformación Digital, a través de la Subsecretaría de Servicios e Innovación Digital, es el órgano que desarrolla y ejecuta el proceso de adecuación de la Plataforma Digital Única de Denuncias del Ciudadano, de acuerdo con las directrices para la gestión de denuncias y solicitudes de medidas de protección al denunciante de actos de corrupción previstas en la presente Directiva. Las acciones de seguimiento de dicha adecuación se encuentran a cargo de la Subsecretaría de Gestión Estratégica de la Integridad Pública.” Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y en la página de Integridad Pública de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/integridad). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ROBERTO TENGAN GUSUKUMA Secretario (e) de la Secretaría de Integridad Pública Secretaría de Integridad Pública 2304033-1
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