Aprueban la “Norma Técnica para la adopción de medidas preventivas en instituciones educativas públicas y privadas frente a los efectos nocivos a la salud por exposición prolongada a radiación solar, bajas y altas temperaturas u otros fenómenos climatológicos”RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 086-2024-MINEDULima, 28 de febrero de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIGEBR2024-INT-0176386, el Informe N° 00123-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 00301-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00263-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 de la Ley N° 30102, Ley que dispone medidas preventivas contra los efectos nocivos para la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, establece que, a fin de reducir los efectos nocivos ocasionados por la exposición a la radiación solar, los titulares de las instituciones y entidades públicas y privadas tienen las obligaciones siguientes: (i) desarrollar actividades destinadas a informar y sensibilizar al personal a su cargo acerca de los riesgos por la exposición a la radiación solar y la manera de prevenir los daños que esta pueda causar; (ii) disponer que las actividades deportivas, religiosas, institucionales, cívicas protocolares o de cualquier otra índole que se realicen en ambientes protegidos de la radiación solar se efectúen preferentemente entre las 8:00 y las 10:00 horas o a partir de las 16:00 horas; (iii) proveer el uso de instrumentos, aditamentos o accesorios de protección solar cuando resulte inevitable la exposición a la radiación solar, como sombreros, gorros, anteojos y bloqueadores solares, entre otros; (iv) disponer la colocación de carteles, avisos o anuncios en lugares expuestos a la radiación solar en su jurisdicción, donde se incluya lo siguiente: “La exposición prolongada a la radiación solar produce daño a la salud”; y, (v) promover acciones de arborización que permitan la generación de sombra natural en su jurisdicción; Que, el artículo 5 de la Ley N° 30102 dispone que se debe promover la realización de actividades educativas y laborales sin exposición prolongada a la radiación solar y con la protección adecuada, debiendo tomarse las medidas de protección complementarias en los casos que se consideren necesarias; Que, mediante la Resolución de Secretaría General N° 368-2017-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la adopción de medidas preventivas frente a los efectos nocivos a la salud por la exposición prolongada a la radiación solar en instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica, Educación Técnico-Productiva, Educación Superior Tecnológica, Pedagógica y Artística”; Que, atendiendo al contexto del Fenómeno El Niño, así como otros fenómenos climatológicos que afectan los ecosistemas y los medios de vida para las personas que ocasionan la aparición de plagas, la presencia de olas de calor, bajas y altas temperaturas, entre otros, resulta necesario disponer medidas de prevención en instituciones educativas públicas y privadas frente a los efectos nocivos a la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, bajas y altas temperaturas u otros fenómenos climatológicos; Que, en virtud al marco normativo expuesto y al contexto antes señalado, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00123-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR, a través del cual sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para la adopción de medidas preventivas en instituciones educativas públicas y privadas frente a los efectos nocivos a la salud por exposición prolongada a radiación solar, bajas y altas temperaturas u otros fenómenos climatológicos” (en adelante, Norma Técnica); Que, la norma técnica establece disposiciones a nivel nacional y en las instancias de gestión educativa descentralizada, para implementar acciones educativas institucionales y pedagógicas, para la adopción de medidas preventivas por parte de las autoridades educativas de las instituciones y programas educativos públicos y privados de Educación Básica, Educación Técnico-Productiva y Educación Superior Tecnológica, Pedagógica y Artística, frente a los efectos nocivos a la salud por la exposición prolongada a la radiación solar, bajas y altas temperaturas u otros fenómenos climatológicos, en los estudiantes, docentes, directivos, personal administrativo y comunidad educativa en general; Que, mediante el Informe N° 00301-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable, señalando que la propuesta, en materia de planificación, se encuentra alineada con los objetivos y acciones estratégicas e institucionales del Sector Educación, y en materia presupuestal, no irrogará gastos adicionales a los programados en el Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2024; Que, la norma técnica cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Desarrollo Docente, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada; Que, a través del Informe N° 00263-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable a la propuesta; De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma Técnica para la adopción de medidas preventivas en instituciones educativas públicas y privadas frente a los efectos nocivos a la salud por exposición prolongada a radiación solar, bajas y altas temperaturas u otros fenómenos climatológicos”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIRIAM PONCE VERTIZ Ministra de Educación 2266130-1
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